Importación de vehículos tiene ahora menos requisitos

Los ministerios de Finanzas, Comercio e Industrias, publicaron las normas que regirán la importación de vehículos por parte de personas o empresas sin fines comerciales con divisas propias, según se lee en la Gaceta Oficial N° 42.522 que circuló este martes con fecha 20 de octubre de 2014.

Una de las medidas contenidas en el decreto es la dispensa de la licencia de importación, siempre que la compra externa del carro cumpla con los requisitos establecidos.

También se elimina «cualquier otro requisito, certificado, permiso o constancia de registro, salvo la presentación del Certificado de Origen y el Número de Identificación Vehicular (NIV)».

Con estas condiciones se pueden importar carros de transporte de personas nuevos y de cualquier marca o modelo del año, vehículos para transporte de mercancía, excepto los tipo Pick Up nuevos y tractores.

Las personas naturales podrán comprar un carro cada tres años y deben realizar una declaración jurada del origen de los fondos. Para las personas jurídicas, no hay límites en cantidad de importaciones.

La resolución establece que el Seniat debe informar al Ministerio de Comercio los bienes ingresados por esta vía.

El año pasado, el Gobierno aprobó una resolución que permite la adquisición de vehículos de forma directa, pero entre los requisitos se encontraba la obtención de la licencia de importación./ÁM//a.r

 

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