TSJ: Bonos pagados en moneda extranjera no forman parte del salario

 La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dictaminó que «los bonos pagados regularmente en moneda extranjera por las empresas a sus trabajadores no son parte del salario, porque su finalidad es social, al permitir mejorar las condiciones de vida del colaborador y su familia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 105 de la Ley Orgánica del Trabajo».

La decisión fue parte de la sentencia N° 523, sobre el expediente N° 24-058, dictada el pasado 13 de noviembre por la ya referida sala del máximo tribunal de la República.

Expertos, a través de diferentes publicaciones, han calificado esta sentencia como un hito al aclarar un tema polémico sobre los pagos en divisas a los trabajadores en el mercado laboral venezolano.