Comerciantes temen ir a la quiebra por el IGTF

El Mercado Municipal de Maiquetía se encuentra en su peor momento, pues son muchos los comercios que han cerrado, la afluencia de consumidores es baja y la esperanza de quienes aún se encuentran ofreciendo algún rubro es poca.

Así lo manifiestan los comerciantes quienes lo atribuyen a dos grandes razones, la imposición de adquirir las máquinas fiscales y al bajo poder adquisitivo.

Héctor Briceño, quien se dedica a la venta de charcutería manifestó que “el mercado se esta muriendo porque no hay poder adquisitivo. La gente prefiere comprar en Caracas porque es mucho más barato, pero eso se debe a que allá no están obligados a pagar la cantidad de impuestos que nosotros cancelamos”.

Briceño solo había vendido 49 bolívares este lunes, así lo reflejo su punto de ventas. “Tengo que pagar 700 dólares por la máquina, pero no los tengo, no los he producido ni estoy cerca de hacerlo. Si en 90 días no la adquirimos nos toca cerrar, hasta aquí nos trajo el río”.

La sección de pescadería no cuenta con ningún local activo, muchos puestos de la sección agrícola han cerrado, pues “prefirieron irse antes de que los obligarán a cerrar por la falta de máquina. Acá estamos sobreviviendo”, declaró.

María Herrera había vendido 94 bolívares, 45 más que Briceño, aún así esto le es insuficiente ante la realidad que enfrentan. “Lo que uno hace es muy poco, las ganancias prácticamente son inexistentes. El pago de impuesto y el precio de la máquina se escapa de nuestras manos”, dijo Herrera.

Aseveró que depende del poder adquisitivo de los consumidores, el cual es muy bajo. “Prácticamente estoy quebrada, la gente no tiene para comer, en ese sentido yo no genero ganancias. Estoy esperando por los 90 días”.

Dos meses aplicándose el IGTF

El 28 de marzo de 2022 empezó a aplicarse la reforma de la Ley a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF). La modificación implementa un impuesto de 3% sobre las operaciones en divisas o criptomonedas distintas al bolívar y al petro, realizadas por personas naturales y jurídicas.

La reforma fue publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria 6.687, el 25 de febrero. El 17 de marzo, el Seniat dictó una providencia administrativa para designar a los contribuyentes especiales como “agentes de percepción”, encargados de cobrar, declarar y transferir al Tesoro Nacional el impuesto recibido.

¿Quiénes están sujetos a pagar el IGTF?

Todas las personas naturales y jurídicas están sujetas cuando pagan en divisas. La novedad de esta reforma es que amplía el universo de contribuyentes a todos aquellos que no habían sido calificados como sujetos pasivos especiales. Esta reforma incluye a la totalidad de las personas naturales, las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que tienen manifestaciones económicas.

¿Cuál debe ser el importe de la operación para que esté sujeta a este impuesto?

Las operaciones en divisas están sujetas al impuesto sin importar el monto. La ley no establece una definición de pequeña, mediana y gran transacción. Se infiere que cualquier operación en moneda extranjera, dentro de los supuestos de la ley, sea pequeña o grande, está gravada por el Impuesto a las grandes transacciones financieras.

¿Todos los comercios deben cobrar este impuesto?

No. Solo los comercios o empresas que hayan sido designados sujetos pasivos especiales tienen el deber de ser agentes de percepción del IGTF por los pagos que reciban en moneda extranjera./jd

Por Gabriel Hernández

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