Legisladores de VP rechazan de ley de Armonización Tributaria
Tras considera que el proyecto de la Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de los estados y municipios busca centralizar el poder y agudizar el control político, el bloque parlamentario de legisladores regionales y locales de Voluntad Popular rechazó este el marco legal.
Manuel García, diputado del Consejo Legislativo de Aragua, señaló que el instrumento es inconstitucional.
“Las atribuciones del Consejo Superior de Armonización Tributaria violan la autonomía de los estados y municipios con el simple hecho de su creación. Es simple, la Ley Orgánica de los Consejos Legislativos, en su artículo 15, numeral 3, define que corresponde a los Consejos Legislativos de los estados sancionar la Ley Orgánica de Hacienda Pública del respectivo estado, conforme a los principios del régimen presupuestario y sistema tributario, establecidos en la Constitución y en la ley, en cuanto sean aplicables».
Expresó que, bajo ningún concepto, se establece que los estados y municipios recibirán directrices ni se subordinarán a un órgano de facto creado para imponer una política de hacienda pública a los municipios y los estados.
«Esto es absolutamente violatorio de la Constitución y del principio de descentralización del estado federal de nuestra República».
Instó a los dirigentes locales del país a movilizarse en rechazo a este proyecto de ley inconstitucional.
«Esta ley no solo va contra los alcaldes de la Unidad, sino en tu contra alcalde del PSUV. Maduro quiere asegurarse de tener el control completo de ustedes porque esta ley es un mecanismo de presión política para asfixiar a sus alcaldes disidentes frente a una campaña presidencial que saben no van a ganar».
Por su parte, Juan Carlos Michinell, concejal de Vargas, precisó que el artículo 168 de la Carta Magna establece que los municipios de Venezuela son autónomos para la creación, recaudación e inversión de sus ingresos.
“Al igual que en el artículo 164 que es competencia de los estados la organización, recaudación, control y administración de los ramos tributarios propios y de la creación, organización, recaudación, control y armonización del papel sellado timbres y estampillas»./jd
Por Beatriz Rodríguez