AN decreta Estado de Alarma en Aragua

Guaidó asegura que la medida permitirá solicitar cooperación internacional

A través de la Gaceta Legislativa Nº 25, la Asamblea Nacional decretó el Estado de Alarma en el estado Aragua, debido a los daños que dejaron las lluvias en los municipios Mario Briceño Iragorry, Girardot, Francisco Linares Alcántara y Ocumare de la Costa de Oro.

El Centro de Comunicación Nacional informó que la medida permitirá solicitar cooperación internacional para atender la emergencia que padece la población, pues hay damnificados, vías anegadas y se afectaron los cauces hídricos.

El decreto indica que son necesarias acciones urgentes para atender y auxiliar a la población afectada y en riesgo de perder sus vidas, salud, viviendas, servicios básicos y atención de primeras necesidades.

El estado de alarma decretado se extenderá por un periodo de 30 días, pudiendo ser prorrogable por 30 días adicionales, se ordena a las autoridades administrativas correspondientes que se aboquen a la atención urgente de todas las comunidades afectadas por el desbordamiento del río El Limón, ordena a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana que disponga las movilizaciones que sean necesarias para que se brinde la debida protección a los habitantes de todas las comunidades afectadas por el desbordamiento del río El Limón y que trabajen en articulación con Bomberos y Protección Civil prestando la máxima colaboración.

Ordenan a los integrantes de los cuerpos de seguridad abstenerse de impedir u obstaculizar el trabajo realizado por los voluntarios que se apersonen a las zonas afectadas para prestar su colaboración y a los órganos y entes de la Administración Pública Nacional establecer horarios de labores de personal, para la máxima colaboración en la restitución de los servicios básicos en las comunidades afectadas.

El personal que está de servicio en el exterior debe hacer gestiones para coordinar la cooperación técnica internacional para lograr el mejor asesoramiento en la superación de la situación.

Aclaran que el decreto no implica la suspensión de garantías constitucionales previstas en la Constitución, puesto que son de carácter especial más no excepcional.

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