La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dejó sin efecto la suspensión de 90 días, decretada mediante decisión 0078, sobre los instrumentos normativos dictados por los concejos municipales de los municipios Maneiro en Nueva Esparta, Sucre, Chacao, Guaicaipuro y Zamora en Miranda, Vargas en La Guaira, Libertador en Distrito Capital, Valencia y Los Guayos en Carabobo, Girardot en Aragua, Caroní en Bolívar, Lima Blanco en Cojedes, Agua Blanca y Sucre en Portuguesa, donde se establecían tasas o contribuciones de naturaleza tributaria.
La sentencia 0161-2020, con ponencia del vicepresidente de la Sala Constitucional, magistrado Arcadio Delgado Rosales, ordena notificar la decisión al Ministerio de Economía, Finanzas y Comercio Exterior y a los Alcaldes.
La medida dictada el 7 de julio de 2020 suspendía la aplicación de cualquier instrumento normativo dictado por los concejos municipales y consejos legislativos de los estados que establecieran algún tipo de tasa o contribución de naturaleza tributaria, así como cualquier decreto o acto administrativo de efectos generales dictado por los alcaldes o gobernadores, y se ordenó la conformación de una mesa técnica para armonizar los tipos impositivos y alícuotas de los tributos.