La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), declaró este jueves resuelta la interpretación del artículo 63 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, respecto a la sustitución de candidatos y deja claro que venció plazo de sustituciones para elecciones regionales.
Aclaró que el proceso solo se podrá realizar entre el límite máximo temporal de diez días anteriores a la ocurrencia del acto electoral, es decir, a partir de este jueves.
Publicó esta sentencia 165 por un recurso de interpretación para los artículos 62 y 63 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales.