La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró inconstitucional el acuerdo aprobado por el parlamento, actualmente en desacato, que respalda las acciones intervencionistas promovidas por el secretario general de la Organización de Estados Americanos, Luis Almagro, contra Venezuela.
La decisión ordena al Presidente de la República ejercer acciones que estime pertinentes para salvaguardar el orden constitucional, tomar las medidas que considere necesarias para evitar un estado de conmoción y, en el marco del Estado de Excepción vigente; revisar diversas leyes que permitan conjurar los graves riesgos que amenazan la estabilidad democrática del país.
La Sala Constitucional del TSJ, como máxima intérprete de la Carta Magna, también ordena al Primer Mandatario Nacional que evalúe el comportamiento de las organizaciones internacionales a las cuales pertenece la República, que pudieran estar desplegando actuaciones similares a las que ha venido ejerciendo el actual Secretario de la OEA.
«Sin que por ello se deje de reconocer la digna acción de los Estados que han defendido de manera gallarda los principios del derecho internacional y que, por tanto, han apoyado la posición de la República Bolivariana de Venezuela», indica la sentencia.
En días recientes, Almagro presentó un nuevo informe ante el organismo internacional –como también lo hizo en junio de 2016- en el que promueve la injerencia extranjera en asuntos internos del Estado venezolano e insiste en la aplicación de la Carta Democrática Interamericana, sin fundamentos ajustados a las condiciones previstas en dicho documento. Esta pretensión fue avalada por la fracción opositora del Parlamento en una sesión realizada el pasado martes, cuya nulidad solicitó el Bloque de la Patria ante el TSJ.
Con información de http://www.notitarde.com/