La organización no gubernamental Súmate señaló que el Consejo Nacional Electoral está en mora desde el 10 de enero, cuando debió publicar el cronograma para realizar el referendo revocatorio presidencial.
También añade que “la Constitución de la República, en su artículo 72, establece que para activarse la solicitud de la revocatoria de cualquier mandato de cargo de elección popular, debe cumplirse la condición de que el funcionario haya cumplido la mitad del período”.
De acuerdo con esta disposición constitucional, “la fecha en la que se activa la Solicitud de Convocatoria del Referendo Revocatorio del Mandato del Cargo de Elección Popular de Presidente de la República fue el pasado 10 de enero de 2022, ya que (Nicolás Maduro) se juramentó el pasado 10 de enero de 2019 ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)”, agrega.
La organización no gubernamental también publicó la gaceta N070906, emitida en 2007, en la que se establecen las normas para regular la promoción y solicitud de referendos revocatorios.