Padres pagarán las infracciones cometidas por sus hijos

De acuerdo al artículo 23, de la recién reformada Ley de Convivencia Ciudadana, los padres o representantes serán responsables de resarcir el daño cometido por sus hijos con trabajo comunitario y erogaciones. En estos casos la autoridad policial deberá dar aviso inmediatamente al Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes para que los infractores reciban medidas de protección.

El artículo 27 estipula que quien induzca, incite o favorezca a los niños y adolescentes a cometer alguna de las infracciones presentes en la Ley recibirá una multa equivalente al pago en bolívares de 100 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor fijado por el BCV para el día del pago. Igualmente serán sancionados los padres ante la complicidad de la conducta infractora del niño o adolescente.

Las infracciones, según la Ley, son aquellas que van en contra de la convivencia ciudadana, el civismo y a la paz comunal. También los actos que atenten contra la integridad física o contra bienes públicos y privados Los tipos de trabajos comunitarios estipulados en el artículo 54 son: La limpieza, pintura o restauración de escuelas y demás centros educativos de carácter público o privado, ejecutado durante un período de veinte (20) horas fraccionadas. La limpieza, pintura o restauración de plazas, ornato y lugares públicos, ejecutado durante un período de veinte (20) horas fraccionadas; en los centros de salud y en las sedes de los organismos encargados de hacer cumplir la presente Ley. Colaborar en los comedores y demás organismos de seguridad social dependientes de la Gobernación, entre otras.

El diputado César Alonso invita a la población a conocer esta norma jurídica para incurrir en algunas de las sanciones y ser sancionados. “Todos los ciudadanos estamos en la obligación de cumplir y hacer cumplir esta ley, que aspiramos nos genere las condiciones para tener tranquilidad, paz y sosiego“./LDS

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