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Matrículas de privados no se ajustan a la realidad económica

*Sólo les alcanza para cubrir los gastos de nómina del personal y no pueden crecer en infraestructura

María Lourdes Arráez. mlalaverdad@gmail.com- En un recorrido por varios colegios privados de la región se pudo constatar que en su mayoría claman porque el gobierno les permita aumentar las matriculas en más de un 40%, para poder cubrir el aumento de salario que decretó el presidente Maduro y tener un excedente que les deje ejecutar obras de rehabilitación en sus plantas físicas.

Aunque prefirieron el anonimato por temor a represalias, aseguran que el gobierno los ve como mercantilistas cuando la realidad es distinta, pues consideran que si su finalidad fuera el hacerse ricos ya se hubiesen dedicado a otra rama.

Manifiestan que con la crisis económica que enfrenta el país no se puede pretender que los colegios aumenten menos de un 40% para poder cubrir el mantenimiento del plantel y el pago de la nómina. Explicaron que los ingresos que tienen los colegios privados entre el 75 y 80% está destinado para el pago total de la nómina, esto quiere decir la cancelación de la quincena, cestaticket, adelanto de prestaciones, cálculos de aguinaldos y cálculos de bono vacacional. Todo esto sin incluir los gastos que se tiene en un plantel por servicios y mantenimiento.

Gaceta oficial 40452 está vigente

Según la Gaceta Oficial 40.452 de fecha 11 de julio de 2014, se establece el procedimiento que determinará el monto de la matrícula y mensualidades por cada institución educativa de gestión privada y que se determinará exclusivamente para cubrir los costos y gastos previstos en el presupuesto del año escolar.

La normativa indica que para determinar el monto de la matrícula y mensualidades, la directiva de cada plantel deberá presentar ante la Asamblea Escolar la estructura de costos y gastos como parte integrante del presupuesto del año escolar siguiente, para que se acuerde el monto de las mensualidades.

La Gaceta prohíbe el establecimiento de cuotas, aportes, bonos, contribuciones o cualquier otra denominación en dinero o especie, así como el empleo de figuras o modo tales como fundaciones, asociaciones civiles, sociedades mercantiles que pueda significar un aumento del pago por concepto de prestación del servicio educativo.

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