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"El Estado de Excepción decretado por el Presidente Maduro está ajustado a derecho"

Ante los hechos que se venían registrando en la región limítrofe, el presidente Nicolás Maduro se vio obligado a decretar el Estado de excepción y para ello se basó en el artículo 337 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, que consiste en la aplicación de medidas extraordinarias cuando existen fuerzas que amenacen la seguridad de un país, las personas o las instituciones de esa misma nación.

De esta manera lo explica el doctor Henry Hamdan, president del Colegio de Abogados, quien resalta que como consecuencia de esta declaratoria, quedan restringidas en el territorio de los municipios Bolívar, Pedro María Ureña, Junín, Independencia y Libertad del estado Táchira las garantías establecidas en los artículos 47, 48, 50, 53, 68 y 112 de la carta magna.

“Los derechos fundamentales de estos ciudadanos están garantizados y es falso todo lo que quiere hacer ver la oposición, tratando de descalificar la acción que lleva adelante el presidente Maduro para acabar con la anarquía existente en la región fronteriza”.

Indica que los frutos se están viendo, han recuperado alimentos y desmantelado trincheras de delincuentes. “Era necesario proteger al pueblo del paramilitarismo”. /BR/

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