El Ejecutivo nacional ha decidido prorrogar la exoneración de impuestos de importación y del Impuesto al Valor Agregado (IVA) hasta el 31 de diciembre de 2024. Esta medida abarca la mercancía especificada en el Capítulo II del Decreto N° 4.907, publicado en la Gaceta Oficial N° 6.784 el 29 de diciembre de 2023, y que fue renovada por el Decreto N° 4.967 del 28 de junio de 2024.
Sin embargo, la ONG Acceso a la Justicia ha emitido observaciones sobre el decreto. Según el artículo 3, la exoneración no cubre el total de los tributos, sino solo el 90% para los códigos arancelarios incluidos en el anexo 1 del decreto. En contraste, el 100% de las exoneraciones se aplica a las importaciones detalladas en los anexos 2, 3 y 4, realizadas por entidades de la administración pública.
El beneficio tributario se aplica «de pleno derecho», lo que significa que no es necesario presentar un oficio de exoneración ni Certificados de No Producción Nacional o de Producción Nacional insuficiente.