La Contraloría General de la República publicó este miércoles en su página web, que cinco dirigentes opositores fueron inhabilitados para ejercer cargos públicos, dos de los cuales están ejerciendo funciones como alcaldes de la Gran Caracas.
Los inhabilitados son: Carlos Ocariz, exalcalde de Petare (15 años); Elías Sayegh alcalde en ejercicio de El Hatillo (15 años); Tomás Guanipa (15 años), Juan Carlos Caldera, hijo de Rafael Caldera (12 meses) y Josy Fernández alcalde en ejercicio de Los Salías (15 años).
La resolución tiene fecha 16 de abril de 2024, según se indica en el documento publicado en la página web de la CGR, donde no se revelan los motivos de estas inhabilitaciones ni qué va a pasar en el caso de los dos alcaldes en ejercicio.
El Centro de Justicia y Paz (Cepaz), sostiene que un acto administrativo no puede suprimir el derecho a ser escogido para cargos de elección popular, y se vulneran los derechos de los ciudadanos.
La normativa venezolana contempla las inhabilitaciones políticas a los cargos de elección popular como una pena accesoria, es decir, que esta es consecuencia de una principal que debe derivarse de una sentencia firme, dictada por un tribunal.
No es constitucional que un órgano como la Contraloría General de la República pueda, con una decisión administrativa, inhabilitar a un ciudadano de ejercer el derecho a ser elegido a cargos de representación popular, pues no tiene la competencia para tomar decisiones que solo son potestad de un tribunal.