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¿Cómo puede Maduro bloquear las leyes que dicte la nueva AN?

«Choque institucional», «guerra de poderes», «ingobernabilidad»: así será 2016 en Venezuela, según analistas políticos, tanto chavistas como opositores.

Y quienes así lo describen, no están escasos de razones: después de décadas de polarización e incomunicación entre el oficialismo y la oposición, el 5 de enero se instalará una Asamblea Nacional (AN) por primera vez de mayoría opositora en 17 años de revolución bolivariana.

Este martes, sesionará por última vez la actual Asamblea Nacional, de mayoría oficialista; al menos de manera ordinaria, porque de acá al 4 de enero podría reunirse por situaciones extraordinarias.

En la sesión del martes, se espera que el oficialismo –al mando del presidente de la AN, Diosdado Cabello– dé detalles sobre el anunciado nombramiento de 12 magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

La reestructuración de la cúpula del Poder Judicial ha sido vista por opositores al gobierno de Nicolás Maduro como una forma de limitar la gestión de la nueva asamblea, cuyos dos tercios de mayoría opositora en teoría le atribuyen un gran poder.

¿Hasta qué punto puede Maduro, sin violar la ley, entorpecer ese poder de la oposición mayoritaria en el Parlamento?

La clave, el TSJ

Quizá la forma más directa de reducir el poder de la AN es disolviéndola, una medida que puede tomar el presidente, quien sin embargo se debería enfrentar a las consecuencias sociales y políticas que esto puede generar tanto en Venezuela como el exterior.

La Constitución prevé que si la AN aprueba tres veces en el mismo período la remoción del vicepresidente, el presidente puede disolverla y habría que celebrar elecciones.

Por otro lado, la actual AN puede aprobar una prórroga de seis o 12 meses de la actual ley habilitante, por la que Maduro goza de poderes extraordinarios para aprobar decretos con fuerza de ley, y que expira el 31 de diciembre.

Pero si Maduro decide disolver el Parlamento o si aprueban una ley habilitante, el conflicto entre el Ejecutivo y el Legislativo acabará pasando por el TSJ, la entidad que parece erigirse como una de las grandes protagonistas de las noticias que saldrán de este país en los próximos meses.

Y es que más que disolverla, los voceros opositores han dicho que Maduro busca reducirle poder de la AN a través del TSJ.

De acuerdo con la Constitución venezolana, el presidente debe promulgar todas las leyes que aprueba la unicameral AN.

Para ello tiene diez días aunque puede, por un lado, devolverla pidiendo que se modifiquen algunos aspectos con el acuerdo del Consejo de Ministros.

La mayoría absoluta de la AN decidirá sobre el asunto y la podrá mandar de vuelta al presidente, quien tendrá cinco días para promulgarla.

O, por otra parte, cuando el presidente considere que la ley aprobada es inconstitucional, tiene la potestad de «solicitar el pronunciamiento de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia» dentro de esos mismos diez días.

Es por eso, que el TSJ se antoja de importancia clave en lo que pueda o no hacer la nueva AN.

El nombramiento de los magistrados: ¿legal o ilegal?

La pregunta es si la actual asamblea puede aprobar la designación de los magistrados de aquí al 4 de enero.

Según el constitucionalista Jesús Silva, si bien la designación puede ser controversial en lo político, en lo legal está permitido.

«No hay norma que diga que la AN no puede tomar sus decisiones cuando su mandato está próximo a vencer», le dice a BBC Mundo.

El nombramiento de nuevos magistrados exige ser aprobado por dos tercios de la AN, una mayoría que el oficialismo no posee actualmente.

«Pero si no se alcanzan los dos tercios en varios intentos, se decide por mayoría simple», dice Silva.

Discrepa el también constitucionalista José Ignacio Hernández, quien le dice a BBC Mundo que el nombramiento sería ilegal por varias razones.

«Primero, el comité de postulaciones judiciales inició el procedimiento de selección de magistrados sin que hubiese vacantes y sin indicar cuáles cargos serían suplidos», señala.

«Segundo, los tiempos en que se produjo la preselección y en que se espera hacer los nombramientos viola los lapsos establecidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia».

Y por último, «la designación de nuevos magistrados no es un asunto excepcional, así que la actual AN no debería aprobarlo en las sesiones extraordinarias que se esperan del 15 de diciembre al 4 de enero».

Silva añade, sin embargo, que «si el oficialismo presenta una justificación debidamente expresada para sesionar en el asueto navideño, no habrá ley que se lo impida».

En 2010, la AN saliente (100% oficialista) siguió legislando hasta el 4 de enero, antes de que se instalara un Parlamento con apenas mayoría simple para el chavismo.

Y en ese periodo aprobaron varias leyes orgánicas y una ley habilitante para el entonces presidente, Hugo Chávez.

La nueva AN, ¿puede responder?

En caso de que la actual AN designe nuevos magistrados de la Sala Constitucional, la pregunta es si la nueva AN puede revertir los nombramientos.

Los expertos coinciden en que sí, pero tienen al menos dos limitantes.

El primero es que necesita del apoyo del Poder Ciudadano (Defensoría del Pueblo, Fiscalía y Contraloría), una institución que muchos consideran al servicio del Ejecutivo.

Y segundo: «La nueva AN puede revocarlos, anularlos, pero haga lo que haga, cualquiera de sus acciones tendrá que ser aprobada por la misma Sala Constitucional que busca remover», explica Hernández.

«Y ese escenario de toma y dime entre el TSJ y la AN, donde básicamente estamos rozando la ingobernabilidad, no está contemplado, no tiene solución, desde el marco legal», dice.

El «choque de trenes» puede aplazar las urgentes soluciones que pide la económica venezolana, han alertado varios analistas.

Y, sin embargo, es para solucionar la crisis económica, sobre todo, que los venezolanos votaron hace una semana.

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