Casos de violencia contra la mujer saturan las fiscalías
Durante el ciclo de ponencias realizado en auditorio de la Universidad Marítima del Caribe acerca de la reforma de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el doctor Sergio Correia, abogado y exfiscal nacional en materia de violencia contra la mujer, destacó que 70% de los casos que llegan a Fiscalía son de hechos violentos contra las mujeres.
Enfatizó que los funcionarios policiales tienen el deber de recibir de manera inmediata las denuncias que hacen las mujeres o algún familiar pues así lo estipula la ley. Apuntó que la violencia se debe a subordinación, dominio o jerarquía del agresor hacia la mujer a quien ve como un objeto.
Añadió que la Reforma de la Ley Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia busca prevenir, sancionar y erradicar todas las formas de violencia. “Se protege la integridad sexual, familiar y laboral para detener el terrible flagelo, erradicarlo de raíz es la tarea”.
Indicó que ante el acoso, las mujeres deben acudir a los órganos receptores de denuncias de
manera inmediata.
Las medidas de protección deben ser inmediatas
Por su parte, el doctor Billy Chirinos, fiscal 132 del Ministerio Público con competencia en Defensa de la Mujer, detalló que las denuncias se pueden hacer de manera escrita, verbal y a través de lenguaje de señas todas deben ser procesadas sin pérdida de tiempo.
“Corresponde atenderlas a las prefecturas, jefaturas, cuerpos policial y al Ministerio Público”. Expresó que las medidas de protección deben ser idóneas e inmediatas a objeto de salvaguardar la vida de la víctima. El agresor que trasgreda las medidas será detenido y puesto a la orden de la Fiscalía.
Durante su intervención el doctor Francisco Escar, magistrado de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal, resaltó que la reforma no solo tiene aspectos punitivos también tiene áreas de prevención que buscan erradicar la violencia contra las féminas.
Hizo referencia las formas de violencia por razón de género estipuladas en el artículo 19 del marco legal, incluyen amenaza, violencia familiar, sexual, violencia sexual en la relación de pareja, laboral, informática, política y multicausal.
También habló del carácter vinculante expresado en el artículo 23 de la ley donde se señala que las políticas públicas de prevención, defensa y atención a la mujer víctima de violencia por razones de género adoptadas conforme a esta ley tienen carácter vinculante para todos los órganos y entes de la administración pública nacional, estadal, municipal y comunal dentro de lo respectivos.
A la actividad organizada por el Colegio de Abogados de La Guaira, presidido por el doctor
Henry Hamdan, asistieron aboga- dos, estudiantes, consejos comu- nales y defensoras de la mujer./jd
Por Beatriz Rodríguez