La jueza 30 de control de garantías de Bogotá concedió la libertad inmediata del expresidente Álvaro Uribe. Aseguró que no puede haber privación de la libertad sin imputación de cargos.
Entre los argumentos que usó la funcionaria judicial estuvo que la indagatoria del viejo sistema (Ley 600 del 2000) no era equivalente a una imputación de cargos en el nuevo sistema (Ley 906 de 2004). Además que la decisión de privar la libertad ahora la debe dar un juez ya que el caso pasó a la Fiscalía y que no se le puede pedir a esta que presente un escrito de acusación sobre un proceso que apenas está iniciando.
También enfatizó que fue un desatino del fiscal Jaimes (Fiscalía General) cuestionar a la Corte Suprema de Justicia por su decisión porque desvió la atención del punto y no tiene nada que ver con la solicitud de libertad que presentaba la defensa de Uribe, en detención domiciliaria desde el pasado 4 de agosto por un caso de presunto fraude procesal y soborno a testigos.
Ahora la Fiscalía deberá seguir recogiendo pruebas en el caso para conocer si llama o no a juicio al señalado.