Pasajeros deben ser indemnizados por aerolíneas que violen derechos

Las aerolíneas deben cumplir con la indemnización a sus pasajeros en caso de faltar a algunos de sus derechos, estipulados en las normas del Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (Inac), sien-do el retraso y la cancelación de vuelos las más denunciadas por los usuarios.

En caso de retraso inferior a cuatro horas la aerolínea debe cumplir con un refrigerio y cuando sea superior a las cuatro e inferior a seis se le deberá proporcionar alimentos como desayuno, almuerzo o cena, según sea el caso, más las bebidas no alcohólicas. Cuando se cancela el vuelo, debe ofrecer el traslado con otra aerolínea o el reembolso y la asistencia en alimentación. Aquellos equipajes averiados durante el viaje son responsabilidad de la aerolínea y aquellos retrasados deben ser entregados al destino final del pasajero.

Todos los reclamos por daños causados a los pasajeros y equipajes deben hacerse por escrito a la empresa con acuse de recibo dentro de los 30 días hábiles siguientes al día que ocurre el hecho, según la información publicada por el Inac.

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