Legalizan el suicidio médicamente asistido en Colombia


La Corte Constitucional de Colombia aprobó la despenalización del suicidio médicamente asistido (SMA) con 6 votos a favor y 3 en contra. En este procedimiento, a diferencia de la eutanasia, es el paciente quién ejecuta la acción de acabar con su vida.

La Corte debe decidir cuándo un profesional de la medicina puede ayudar a aplicarlo siempre y cuando haya algunas condiciones para hacerlo, con el fin de que no reciba un castigo legal por llevarlo a cabo.

Este procedimiento sigue los mismos requisitos para la eutanasia: cuando el paciente esté diagnosticado con una lesión corporal o una enfermedad grave e incurable, cuando padezca de intensos dolores físicos o psíquicos por cuenta de ello que sean incompatibles con su idea de vida digna, cuando manifieste expresamente su intención y la asistencia la preste un médico.

Tras estudiar la demanda presentada por el Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLAB) contra el artículo 107, numeral dos del Código Penal de Colombia, en el que se penaliza la inducción del suicidio, el alto tribunal condicionó el artículo para dejar en claro que no es delito y que, al contrario, es un procedimiento constitucionalmente protegido.


La demanda, admitida en septiembre de 2018, aseguraba que penalizar el SMA vulneró el derecho a morir dignamente, a la vida digna, al libre desarrollo de la personalidad al impedir el acceso a una ayuda médica para que las personas.

Con información de El Nacional/Tal Cual

También te puede interesar

¿Alguna denuncia o solicitud? Dilo aquí