Certificaciones de las actas de nacimiento no requieren renovación
El Consejo Nacional Electoral (CNE), exhortó a los órganos y entes de la administración pública e instituciones educativas tanto públicas como privadas, abstenerse de pedir a los ciudadanos, las certificaciones o copias de las actas de nacimiento con una fecha determinada de expedición.
«De conformidad con lo establecido en el artículo 94 de la Ley Orgánica de Registro Civil, las copias y certificaciones de las actas, debidamente asentadas en los libros del Registro Civil no tienen fecha de vencimiento, razón por la cual no se requerirá su renovación para efectos de su validez», detallaron a través de un comunicado a través de Twitter.