Exoneran del impuesto las ventas en $ en efectivo

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Este lunes, la Asamblea Nacional notificó que excluyó de la reforma a la Ley de Grandes Transacciones Financieras las transacciones dólar-dólar en comercios pequeños y mercados populares del país.

Destacaron que la medida se establece dado a que no se trata de “contribuyentes especiales”. Por lo que solo aplicarán para las grandes cadenas con radio de acción a nivel nacional, quienes serán objeto de IGTF.

No obstante, los particulares con grandes ingresos en dólares que no deseen pagar impuestos por grandes transacciones, tendrán la opción de depositar sus divisas en cuentas de bancos nacionales privados o estatales, para hacer operaciones con contribuyentes especiales al tipo de cambio oficial derivado de las mesas de cambio interbancarias, por lo que la transacción se efectuará al final de la cadena en bolívares.

Las transacciones dólar-bolívar bajo las modalidades de compra-venta en el mercado interbancario o las operaciones de este mismo tenor en el caso de transacciones comerciales, quedaron exentas en la reforma a la Ley de IGTF.

El objeto de la reforma, a la que se le añadieron cuatro artículos, pretende abarcar únicamente operaciones exclusivas en dólares dentro del sistema bancario nacional, y operaciones en dólares fuera del sistema financiero nacional con grandes contribuyentes.

No obstante, los particulares con grandes ingresos en dólares que no deseen pagar impuestos por grandes transacciones, tendrán la opción de depositar sus divisas en cuentas de bancos nacionales privados o estatales, para hacer operaciones con contribuyentes especiales al tipo de cambio oficial derivado de las mesas de cambio interbancarias, por lo que la transacción se efectuará al final de la cadena en bolívares.

Las transacciones dólar-bolívar bajo las modalidades de compra-venta en el mercado interbancario o las operaciones de este mismo tenor en el caso de transacciones comerciales, quedaron exentas en la reforma a la Ley de IGTF.

El objeto de la reforma, a la que se le añadieron cuatro artículos, pretende abarcar únicamente operaciones exclusivas en dólares dentro del sistema bancario nacional, y operaciones en dólares fuera del sistema financiero nacional con grandes contribuyentes.

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